El auto y los delitos que llegan a juicio
El juez Juan Carlos Peinado ha dictado este lunes el auto de apertura de juicio oral contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, y contra su asesora Cristina Álvarez. La resolución, de 67 páginas, envía a ambas ante un tribunal del jurado por los delitos de tráfico de influencias y malversación de caudales públicos, en el caso de Gómez, y exclusivamente por malversación, en el de Álvarez, como cooperadora necesaria en el desvío del software desarrollado en el marco de la cátedra universitaria.
El auto llega después de que la Audiencia Provincial de Madrid corrigiera el primer envío a juicio, ordenado en junio, y archivara los delitos de corrupción en los negocios, apropiación indebida y administración desleal. La Audiencia también levantó las medidas cautelares que pesaban sobre las acusadas, como la retirada de pasaportes y la prohibición de salir del territorio. El juez ha rechazado ahora imponer fianza o restablecer esas restricciones.
Los tres bloques de la investigación
El auto estructura los indicios en tres grandes bloques. El primero se refiere a la creación y desarrollo de la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva de la Universidad Complutense de Madrid. El juez considera que Gómez pudo aprovechar su posición para obtener una interlocución privilegiada con responsables universitarios y empresas patrocinadoras. La defensa sostiene que su vinculación con la Complutense es anterior y que la creación de la cátedra se ajustó a la normativa.
El segundo bloque se centra en la utilización de Cristina Álvarez, empleada pública en Presidencia del Gobierno, para tareas que el instructor considera ajenas a su puesto. El juez aprecia continuidad en esas actuaciones para que un jurado valore si la fuerza de trabajo de una empleada pública fue destinada a fines privados. La defensa niega que se tratara de una dedicación estable a asuntos particulares.
El tercer bloque, y el único que también afecta a Álvarez, es el desarrollo del software bajo el paraguas de la cátedra. El juez señala que la plataforma se creó con recursos universitarios y aportaciones de empresas, pero que el proceso para formalizar su titularidad a través de la Complutense no concluyó. La defensa afirma que el software siempre estuvo destinado a la universidad.
Perjuicio reclamado y posiciones de las partes
La Universidad Complutense de Madrid, personada como perjudicada, reclama 113.509 euros por el desarrollo del software y pide que Gómez y Álvarez respondan de forma directa y solidaria según lo que determine la sentencia. El auto también ordena averiguar la capacidad económica de Gómez a través del Punto Neutro Judicial y recabar sus últimas cinco declaraciones de la renta.
Las acusaciones populares, lideradas por Hazte Oír, solicitan penas de hasta 13 años de prisión para Gómez y 6 para Álvarez. La Fiscalía mantiene su oposición al juicio y pide la absolución, posición que ya había defendido durante la instrucción. Las defensas de ambas acusadas también reclaman la libre absolución.
El procedimiento pasa ahora a la Audiencia Provincial de Madrid, que deberá designar al magistrado que presida el tribunal del jurado y fijar la fecha de la vista oral. El juez Peinado se jubila el próximo domingo 27 de septiembre, tras dejar cerrada la fase de instrucción.