Por qué se rechaza la petición de Anticorrupción
El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado la petición de la Fiscalía Anticorrupción de investigar a José Luis Rodríguez Zapatero por un presunto delito de malversación. La Fiscalía sostenía que podía existir ese delito porque las joyas halladas en la oficina del expresidente no se habían entregado a Patrimonio del Estado. Zapatero afirma que las recibió como un regalo personal del entonces rey de Arabia Saudí durante una visita a España en 2007; ese origen se mantiene como su versión, no como un hecho establecido por la resolución.
El razonamiento del juez se centra en la legislación vigente cuando se habría recibido el obsequio. Calama concluye que en 2007 no existía una norma legal que ordenara incorporar automáticamente al patrimonio de la Administración los regalos recibidos por altos cargos. La Ley 19/2013 estableció expresamente que no podían aceptarse regalos que excedieran los usos sociales o de cortesía y que los obsequios de relevancia institucional debían incorporarse al patrimonio público.
El magistrado también considera que el Código de Buen Gobierno aprobado en 2005 tenía carácter ético y de autorregulación, pero no fuerza normativa suficiente para determinar la titularidad pública de los bienes ni para ampliar los elementos de un delito. A su juicio, aplicar la malversación a partir de una obligación no fijada legalmente en el momento de los hechos supondría extender el tipo penal de forma imprevisible. La resolución deja así sin efecto la petición de ampliar la investigación por ese delito, pero no determina el origen ni la titularidad de las piezas.
Las inspecciones tributarias quedan paralizadas
En un segundo auto, Calama ha acordado paralizar los procedimientos inspectores de la Agencia Tributaria relativos a Zapatero, su esposa y sus hijas, al empresario Julio Martínez Martínez y a varias sociedades vinculadas. La decisión responde a la situación de las actuaciones tributarias mientras se desarrolla la causa penal: los afectados se habían negado a entregar documentación relacionada con los hechos investigados, alegando que podía afectar a su derecho de defensa.
La paralización de las inspecciones es una medida procesal distinta del rechazo a investigar por malversación. Según las resoluciones, las pesquisas relacionadas con las joyas por presuntos delitos fiscales y de contrabando siguen abiertas. Por tanto, el juez ha descartado añadir ese delito concreto, pero no ha cerrado la investigación sobre las piezas ni las actuaciones penales que ya estaban en curso.