Una reforma centrada en la seguridad vial
La reforma del Reglamento General de Circulación, aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, entró en vigor el 1 de octubre de 2026. La DGT planteó los cambios como una adaptación a la transformación de la movilidad de las últimas dos décadas y a la necesidad de reforzar la protección de quienes tienen más riesgo en la vía.
Patinetes: edad mínima y casco
Para los vehículos de movilidad personal, como los patinetes, se fijó en 15 años la edad mínima de uso y se hizo obligatorio el casco. También se exige un elemento reflectante de noche o cuando la visibilidad sea reducida.
Bicicletas: casco y nuevas distancias
En vías interurbanas, todos los ciclistas deben llevar casco, sin las excepciones anteriores. Quien adelante a una bicicleta debe hacerlo al menos 20 km/h por debajo del límite de la vía y mantener una separación lateral mínima de 1,5 metros; si hay más de un carril por sentido, debe cambiar completamente al carril contiguo.
En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril y los vehículos a motor que los sigan por ese mismo carril deberán dejar cinco metros de distancia. En calles urbanas de un solo carril y con límite de 30 km/h o menos, el ayuntamiento podrá permitir la circulación de bicicletas en ambos sentidos si está señalizada. Quienes trabajen usando la bicicleta deberán llevar casco y chaleco reflectante durante su actividad.
Motoristas: equipamiento y circulación en atascos
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deben llevar guantes de protección en vías interurbanas; el calzado cerrado es obligatorio en cualquier tipo de vía. La reforma permite que las motocicletas circulen por el arcén derecho cuando haya congestión, a un máximo de 30 km/h y en tramos donde esté señalizado.
El cinturón vuelve a ser obligatorio para más conductores
También desaparecieron las exenciones del cinturón para conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de conducción. Se mantiene una excepción para pasajeros de ambulancias asistenciales que, durante un servicio urgente, ocupen el habitáculo acondicionado para atender al paciente.
Espacio para emergencias y circulación con nieve
Al rebasar vehículos inmovilizados por accidente, avería, auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico, los conductores deben dejar al menos 1,5 metros de separación y reducir la velocidad en 20 km/h o más respecto al límite de la vía. En las retenciones, cuando el tráfico avance a paso de peatón o quede detenido, los vehículos deberán apartarse para dejar un corredor central a la policía y a los servicios de emergencia.
Si la nieve dificulta la circulación en autopistas y autovías, queda prohibido adelantar y se debe dejar libre el carril izquierdo para los servicios de emergencia y las máquinas quitanieves.
Semáforos y estacionamiento de autocaravanas
Como regla general, en los pasos peatonales con semáforo no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para los vehículos con la luz verde fija para peatones. La reforma también establece límites para las autocaravanas estacionadas: no pueden desplegar elementos que sobresalgan del perímetro, deben apoyarse solo sobre los neumáticos y no pueden verter líquidos procedentes del habitáculo.