El Supremo inadmite la demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz por falta de competencia
La Sala Civil considera que las declaraciones cuestionadas no se hicieron en ejercicio de las funciones de ministra o vicepresidenta y señala que el caso corresponde a los tribunales de instancia.
El Tribunal Supremo inadmitió la demanda de protección del honor que Julio Iglesias presentó contra Yolanda Díaz por unas declaraciones de enero. La Sala Civil concluyó que las manifestaciones cuestionadas no se realizaron en el ejercicio de las funciones de ministra o vicepresidenta y señaló que la competencia corresponde a las secciones civiles de los tribunales de instancia. El auto no resuelve el fondo de la reclamación.
La Sala Civil del Tribunal Supremo inadmitió a trámite la demanda de Julio Iglesias contra Yolanda Díaz por falta de competencia objetiva. El auto señala que el asunto corresponde a las secciones civiles de los tribunales de instancia, no al alto tribunal.
La resolución aplica el criterio del artículo 56.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que atribuye al Supremo las demandas de responsabilidad civil contra miembros del Gobierno por hechos realizados en el ejercicio del cargo. Según la Sala, las declaraciones cuestionadas no tenían una conexión suficiente con las funciones de Díaz como ministra de Trabajo o vicepresidenta.
El tribunal distinguió esas manifestaciones de las respuestas de Díaz en la misma entrevista sobre salario mínimo, pensiones y jubilación, que sí guardaban relación con su cartera. Sobre el mensaje de Bluesky y la parte controvertida de la entrevista, la consideró ciudadana y dirigente política, y no actuando en sus funciones gubernamentales.
La reclamación queda sin resolver
El Supremo no valoró el fondo.
Iglesias presentó la demanda en julio. Sostuvo que las declaraciones de Díaz habían vulnerado su derecho al honor y pidió una rectificación pública, una indemnización de 50.000 euros y el pago de las costas.
El auto no determina si las palabras de Díaz lesionaron el honor del cantante ni se pronuncia sobre el contenido de las acusaciones que motivaron aquellos comentarios. La decisión se limita a establecer qué órgano judicial debe conocer de la demanda.
El origen de la demanda
La demanda se refería a un mensaje publicado por Díaz en Bluesky el 13 de enero y a sus declaraciones en el programa de TVE La hora de la 1 al día siguiente. La política intervino después de que se difundieran informaciones sobre acusaciones de dos antiguas trabajadoras de Iglesias. El Supremo no examinó esos hechos ni estableció si las acusaciones eran ciertas.
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