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Gobierno de España

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En contexto

El Gobierno de España es el órgano del poder ejecutivo del Estado. En la monarquía parlamentaria española se diferencia de la Jefatura del Estado, que corresponde al rey, y de las administraciones territoriales.

Sus funciones comprenden la conducción de la política estatal, el ejercicio de la función ejecutiva y la potestad reglamentaria, dentro del marco constitucional y legal. Responde políticamente ante el Congreso de los Diputados.

Identidad y antecedentes

El Gobierno de España es el órgano del poder ejecutivo estatal. Dentro de la monarquía parlamentaria, se distingue de la Jefatura del Estado, que corresponde al rey.

Un antecedente institucional temprano se sitúa en 1705, cuando se separó el despacho de los asuntos de Guerra y Hacienda del de otros asuntos de la Monarquía. La historia oficial de Hacienda describe esa reorganización como germen del sistema de Gobierno posterior.

Composición y funcionamiento

Lo integran el presidente, los vicepresidentes que pueda haber y los ministros. El presidente obtiene la confianza del Congreso y es nombrado por el rey; los ministros también son nombrados por el rey, a propuesta del presidente. El presidente dirige y coordina la acción gubernamental, mientras cada miembro conserva competencia y responsabilidad sobre su departamento. El Consejo de Ministros y las Comisiones Delegadas son los órganos colegiados del Gobierno.

Su cometido abarca la orientación política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. En el marco de la Constitución y las leyes, ejerce asimismo las funciones ejecutiva y reglamentaria.

En materia legislativa, puede impulsar proyectos de ley y, bajo las condiciones constitucionales, dictar decretos-leyes sujetos a la votación del Congreso en un plazo de treinta días. También puede aprobar legislación delegada si las Cortes Generales le han conferido esa facultad.

El Gobierno responde solidariamente ante el Congreso por su gestión política. Cuando cesa, continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Ejecutivo; en ese periodo, el presidente tiene limitaciones como no poder proponer la disolución de las Cámaras, convocar un referéndum o plantear una cuestión de confianza.

Ámbito institucional

El Gobierno ejerce funciones ejecutivas en el ámbito estatal. No debe confundirse con los municipios, las provincias y las comunidades autónomas, que forman parte de la organización territorial y cuentan con autonomía para gestionar sus intereses.