El Gobierno respeta la inadmisión del recurso y sostiene que la vía judicial sigue abierta
El Ejecutivo afirmó que el Tribunal Constitucional no había resuelto el fondo de la controversia sobre el voto de los nacionalizados por la llamada ley de nietos.
Tras la inadmisión del recurso de amparo del Defensor del Pueblo, el Gobierno expresó su respeto por la decisión del Tribunal Constitucional y sostuvo que la vía judicial ante el Supremo no estaba agotada. El Ejecutivo afirmó que la resolución se limitaba a cuestiones procedimentales y manifestó su confianza en una decisión definitiva sobre el fondo.
La inadmisión del recurso no resolvió el fondo de la controversia.
La respuesta del Ejecutivo
Tras la decisión del Tribunal Constitucional sobre el recurso de amparo del Defensor del Pueblo, el Gobierno expresó que la respetaba y sostuvo que la vía judicial previa ante el Tribunal Supremo no estaba agotada.
El Ejecutivo afirmó que la resolución del Constitucional se limitaba a motivos procedimentales y no entraba en el fondo del asunto. También manifestó que confiaba en que una decisión definitiva aclarase si podía suspenderse cautelarmente el derecho de voto de los afectados sin sentencia firme y sin audiencia individual. La respuesta fue atribuida a fuentes gubernamentales y a un mensaje del Gobierno.
El Gobierno reiteró su defensa del derecho de voto de los ciudadanos españoles y expresó su confianza en que la resolución definitiva no estableciera diferencias de derechos entre ellos.
El alcance de la decisión judicial
El Tribunal Constitucional inadmitió el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión cautelar del voto de los nacionalizados mediante la llamada ley de nietos. La razón fue procesal: el Tribunal Supremo todavía permitía a los afectados personarse y formular alegaciones, por lo que, según la decisión, no se había agotado la vía judicial ordinaria.
La inadmisión no resolvió el fondo de la controversia sobre la suspensión del voto. El procedimiento continuaba ante el Supremo, que podía valorar las alegaciones pendientes y modificar o mantener las medidas cautelares.
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