El recurso de casación ante el Supremo
Tabla comparativa
Pronunciamientos judiciales del caso
Qué confirmó y qué absolvió la sentencia del TSJA recurrida
Cuadro comparativo de los pronunciamientos de la sentencia del TSJA: condena por abandono de familia y absoluciones por maltrato psíquico y detención ilegal.
| Elemento | Dato confirmado |
|---|---|
| Abandono de familia | Condena confirmada |
| Maltrato psíquico | Absolución |
| Detención ilegal | Tres absoluciones |
| Recurso de casación | Solo cuestiones jurídicas |
La Fiscalía del Tribunal Supremo ha presentado un recurso de casación contra la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) dictó el 13 de julio de 2026 sobre el caso de los progenitores que mantuvieron aislados a sus tres hijos menores durante más de tres años en una vivienda de Oviedo. El Ministerio Público reclama que ambos acusados sean condenados también por tres delitos de detención ilegal y un delito de malos tratos psíquicos habituales en el ámbito familiar, de los que resultaron absueltos.
El recurso, firmado por el fiscal del Tribunal Supremo Álvaro Redondo Hermida, se formula exclusivamente sobre cuestiones jurídicas y no cuestiona los hechos que los tribunales asturianos ya declararon probados. La Fiscalía sostiene que esos hechos permiten concluir la existencia tanto de los malos tratos psíquicos habituales como de las tres detenciones ilegales, y considera que la absolución resulta incompatible con el Código Penal y con la doctrina del Supremo sobre la protección reforzada de la infancia.
La sentencia del TSJA, ahora impugnada, confirmó la condena de los acusados por abandono de familia, pero estimó parcialmente el recurso de las defensas y los absolvió del delito de violencia psíquica habitual. Además, mantuvo la absolución por los tres delitos de detención ilegal por los que también habían sido acusados.
Los hechos probados y el alcance del caso
Cifras clave
El aislamiento en cifras
Hechos declarados probados sobre la situación de los tres menores
Tarjetas de datos con la duración del aislamiento, el año de inicio, las edades de los menores, la ausencia de escolarización y la falta de asistencia médica.
Duración aislamiento
Inicio
Edades iniciales
Escolarización
Asistencia médica
Según el relato de hechos declarados probados por los tribunales asturianos, los dos acusados permanecieron encerrados durante más de tres años con sus tres hijos, que cuando comenzó el aislamiento, en 2021, tenían siete y cinco años. No se les permitió abandonar la vivienda en ningún momento y los progenitores les transmitieron la idea de que salir al exterior podía exponerlos a un contagio. La situación se mantuvo hasta que intervinieron la Policía Local y los servicios sociales.
La vivienda, conforme a los hechos probados, se encontraba en condiciones insalubres. Los menores estuvieron privados de asistencia médica durante todo ese periodo y nunca fueron escolarizados. La sentencia considera acreditado que el prolongado aislamiento les provocó dificultades de deambulación y un déficit en la adquisición de habilidades sociales, hasta derivar en un trastorno del desarrollo psicológico.
La Fiscalía argumenta que esta situación no puede entenderse, «sin contradicción lógica y jurídica», como un ejercicio de las funciones parentales compatible con la dignidad, la integridad psíquica y el interés superior de los menores, y por ello interesa que el Supremo revise la calificación jurídica de los hechos firmes.
Peticiones de pena y medidas solicitadas
Por el delito de malos tratos psíquicos habituales en el ámbito familiar, el Ministerio Público solicita para cada acusado dos años y cuatro meses de prisión, además de tres años y cuatro meses de inhabilitación especial para ejercer la patria potestad. Reclama asimismo que no puedan acercarse a menos de 300 metros de los menores durante ese mismo periodo, la prohibición de comunicarse con ellos por cualquier medio y la suspensión del régimen de visitas hasta el cumplimiento íntegro de la pena.
La petición es mayor por las detenciones ilegales. La Fiscalía solicita, por cada uno de los tres delitos de detención ilegal en concurso ideal con el delito de abandono de familia, siete años y ocho meses de prisión, además de ocho años y ocho meses de prohibición de aproximarse a los menores, prohibición de comunicación y suspensión del régimen de visitas. También considera que debe aplicarse a ambos acusados la agravante de parentesco.
El Ministerio Público formaliza el recurso de casación por infracción de ley penal sustantiva. La defensa de los progenitores no se pronuncia en las resoluciones disponibles sobre el alcance del nuevo recurso, y no consta en los textos consultados que el Supremo haya admitido a trámite la impugnación ni que haya fijado fecha para su resolución.