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Menores migrantes no acompañados

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En contexto

«Menores migrantes no acompañados» es un concepto social y de protección referido a niños y adolescentes que se encuentran fuera de su país de origen sin la compañía de sus padres o de un tutor principal. No tiene una definición jurídica única: los criterios varían entre los marcos descritos por las fuentes europeas y estadounidenses.

Definición y alcance

«Menores migrantes no acompañados» es una expresión para una categoría de infancia migrante considerada en marcos de protección y atención. Sus criterios jurídicos dependen del marco aplicable.

En la definición del Programa Europeo sobre Menores no Acompañados recogida por una fuente, comprende a menores de 18 años que están fuera de su país de origen y separados de sus padres o de su tutor principal. El menor puede vivir con parientes lejanos y seguir siendo considerado no acompañado.

Criterios y atención: el ejemplo estadounidense

Estados Unidos utiliza una definición jurídica propia, que incluye la edad, la falta de estatus migratorio legal y la ausencia de un padre, una madre o un tutor legal disponible para proporcionar cuidado y custodia física.

Como ejemplo de procedimiento estadounidense, una fuente describe que los menores no acompañados de países no contiguos deben ser transferidos a la custodia del Departamento de Salud y Servicios Humanos, incluida la Oficina de Reasentamiento de Refugiados, dentro de las 72 horas posteriores a su detención por las autoridades migratorias. La atención descrita puede incluir colocación en un entorno lo menos restrictivo posible, gestión de casos y servicios de salud y educación, además de evaluar a posibles patrocinadores para una reunificación. La fuente también menciona seguimiento comunitario después de la liberación.

Variaciones y límites

Las definiciones y los procedimientos expuestos corresponden a marcos concretos, no a una definición universal. La orientación atribuida en las fuentes a la Observación General n.º 6 destaca la evaluación individual de las necesidades del menor y la búsqueda de familiares siempre que esta no lo exponga a riesgos.