ConceptoConcepto social

Crisis migratoria

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En contexto

La crisis migratoria es un concepto social, no el nombre de un acontecimiento concreto. La Organización Internacional para las Migraciones (OIM) lo emplea para referirse a las dimensiones migratorias de una crisis: puede haber movimientos dentro de un país o a través de fronteras, así como vulnerabilidades para las personas y comunidades afectadas. El término también tiene usos más específicos, como la categoría regulatoria que aplica la Unión Europea a determinadas situaciones de presión sobre sus sistemas de asilo, acogida o retorno.

Definición y alcance

La crisis migratoria es un concepto amplio referido a las dimensiones migratorias de una crisis. Puede abarcar desplazamientos dentro de un país y movimientos a través de fronteras, y describir situaciones que evolucionan de forma repentina o gradual. La expresión no designa por sí misma un episodio histórico concreto.

Su alcance depende del contexto: puede describir la situación de personas migrantes afectadas por una crisis donde residen, o movimientos relacionados con inestabilidad y conflictos prolongados en una región. Algunas definiciones ponen el acento en flujos transfronterizos de gran escala, pero el uso de la OIM también incluye movimientos internos.

Gestión y funcionamiento

La respuesta puede planificarse para antes, durante y después de la crisis. El MCOF de la OIM articula esa perspectiva temporal con sectores de asistencia y mecanismos de coordinación entre los actores pertinentes.

Los ámbitos de trabajo pueden incluir alojamiento, transporte, salud y apoyo psicosocial, además de protección frente a la trata, asistencia consular, gestión humanitaria de fronteras y comunicación con las comunidades afectadas.

Usos y límites

El concepto general no equivale a una categoría jurídica única. En particular, la definición de la Unión Europea citada aquí es específica de su marco de crisis y fuerza mayor: se centra en la presión que una llegada masiva ejerce sobre los sistemas de asilo, acogida o retorno.

En ese marco europeo pueden solicitarse medidas de solidaridad y apoyo, sin que dejen de aplicarse los derechos fundamentales y las salvaguardias previstos por el Derecho de la UE.