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La Fiscalía recurre el tercer grado concedido a Henri Parot y pide suspenderlo de forma cautelar

El Ministerio Público considera "prematura" la progresión acordada por el Gobierno vasco y solicita al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria que la revoque

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha recurrido ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria el tercer grado penitenciario concedido a Henri Parot por el Gobierno vasco, al considerar que la decisión resulta "prematura" y no se ajusta plenamente a los criterios legales de clasificación. El Ministerio Público solicita la revocación de la progresión y su suspensión cautelar mientras se resuelve el recurso. El escrito reconoce la evolución favorable del interno, la ausencia de incidencias y el desarrollo del régimen flexible del artículo 100.2, pero sostiene que el tiempo transcurrido es insuficiente para consolidar el paso a la semilibertad.

Proceso paso a paso

Recurso contra el tercer grado de Parot

Qué pide la Fiscalía y en qué situación penitenciaria queda

Infografía de proceso sobre el recurso de la Fiscalía contra el tercer grado de Henri Parot, con la petición de suspensión cautelar y el régimen previo.

  1. 1

    Acto

    Fiscalía recurre tercer grado

  2. 2

    Órgano

    Vigilancia Penitenciaria

  3. 3

    Petición

    Revocación y suspensión cautelar

  4. 4

    Régimen previo

    Artículo 100.2

  5. 5

    Condena acumulada

    40 años

Datos estructurados y verificados5 datos auditables

El recurso de la Fiscalía contra el tercer grado

Cronología

Cronología del recurso

De la concesión del tercer grado a la decisión del juzgado

Línea temporal del recurso de la Fiscalía contra el tercer grado de Henri Parot, desde la concesión hasta la decisión pendiente del juzgado.

  1. Concedido por Gobierno vasco
  2. Fiscalía de la AN
  3. Suspensión cautelar
  4. Pendiente del juzgado
Datos estructurados y verificados4 datos auditables

La Fiscalía de la Audiencia Nacional ha presentado un recurso ante el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria contra la resolución del Gobierno vasco que concedió el tercer grado penitenciario a Henri Parot. El Ministerio Público sostiene que la decisión "resulta prematura en el momento actual" y que "no se ajusta plenamente a los criterios legales que rigen la clasificación penitenciaria". Junto al recurso, la Fiscalía ha solicitado la suspensión cautelar de la progresión mientras el juzgado resuelve.

El escrito no niega la evolución favorable del interno: reconoce el correcto desarrollo de la modalidad flexible del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, la ausencia de incidencias y la existencia de apoyo social y familiar. Sin embargo, el Ministerio Público considera que el tiempo transcurrido desde la aplicación de ese régimen es todavía insuficiente para dar por consolidados los factores que permitirían acceder a la semilibertad propia del tercer grado.

La Fiscalía añade que la clasificación penitenciaria debe apoyarse en una valoración individualizada y global de las circunstancias del interno, incluyendo la evolución tratamental, el historial delictivo y el pronóstico de reinserción social. Y recuerda la gravedad de los delitos por los que fue condenado Parot. Corresponde ahora al Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria pronunciarse sobre la resolución recurrida.

Quién es Henri Parot y por qué su caso es singular

Cifras clave

Datos clave del expediente

Condena, régimen y órgano competente

Tarjetas informativas con la condena acumulada, los asesinatos, el año de ingreso en prisión, el régimen previo y el órgano competente en el caso Parot.

40 años

Condena acumulada

39

Asesinatos condenados

1990

Ingreso en prisión

Artículo 100.2

Régimen previo

Vigilancia Penitenciaria

Órgano decisor

Datos estructurados y verificados5 datos auditables

Henri Parot, nacido en Argel en 1958, fue un histórico dirigente de ETA detenido en Sevilla en 1990 cuando planeaba colocar un coche bomba contra la comisaría central de la ciudad. Ingresó en prisión ese año y cumple una condena acumulada de 40 años por 39 asesinatos, además de otros delitos y tentativas. Entre los atentados por los que fue condenado figura el de la casa cuartel de la Guardia Civil de Zaragoza en 1987.

Su nombre dio origen en 2006 a la llamada doctrina Parot, la sentencia del Tribunal Supremo que retrasó la excarcelación de presos con condenas acumuladas. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos la anuló en 2013 y ordenó la liberación de 63 presos de ETA. Desde el año pasado, Parot disfrutaba de la modalidad flexible del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que le permitía salir de la prisión de Zubieta de lunes a viernes para tareas de voluntariado y regresar a dormir al centro.

La resolución recurrida fue adoptada por la Consejería de Justicia del Gobierno vasco, dirigida por la socialista María Jesús San José, con base en el informe de la Junta de Tratamiento de la cárcel. El tercer grado supone una progresión dentro del sistema penitenciario y abre la puerta al régimen de semilibertad.

La petición de suspensión cautelar y el papel del juzgado

La Fiscalía no solo pide que se revoque la progresión acordada por el Gobierno vasco. También solicita que el tercer grado quede suspendido de forma cautelar mientras el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria resuelve el recurso. El Ministerio Público sostiene que la actual situación de cumplimiento mediante el artículo 100.2 permite seguir observando la evolución del penado y consolidar los avances sin necesidad de anticipar el acceso al tercer grado.

El órgano judicial competente es el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, dependiente de la Audiencia Nacional. Su decisión determinará si se mantiene la progresión acordada por el Ejecutivo autónomo o si se acepta la petición de la Fiscalía y se conserva el régimen flexible previo. El recurso no cuestiona la evolución del interno ni la ausencia de incidencias: el debate se centra en el momento procesal y en la suficiencia del tiempo transcurrido bajo el régimen del artículo 100.2.

El caso se enmarca en un contexto de debate público sobre la política penitenciaria aplicada a los presos de ETA. Asociaciones de víctimas como la AVT y Covite habían criticado la concesión del tercer grado, mientras otras entidades reclaman el fin de la excepcionalidad penitenciaria. La Fiscalía recuerda además que la clasificación debe valorar el historial delictivo completo y el pronóstico de reinserción social, no solo la evolución reciente.

Contexto penitenciario y jurídico

El artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario permite un régimen flexible de salidas para actividades de voluntariado con pernocta obligatoria en prisión. La Fiscalía considera que este sistema es adecuado para seguir observando la evolución del interno y consolidar los avances, pero no basta todavía para dar el salto a la semilibertad plena. El tercer grado habilitaría la salida cotidiana sin retorno nocturno a la cárcel.

Parot está recluido en la prisión guipuzcoana de Zubieta. Su condena está prevista hasta 2028. El escrito de la Fiscalía reconoce que la clasificación penitenciaria exige una valoración individualizada y global, que incluya la evolución tratamental, el historial delictivo y el pronóstico de reinserción. El Ministerio Público subraya que el artículo 100.2 permite continuar esa observación sin precipitar el acceso al tercer grado.

El caso de Parot es el primero que dio nombre a una doctrina del Tribunal Supremo que modificó el cómputo de las condenas acumuladas. La anulación de esa doctrina por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en 2013 obligó a revisar numerosas situaciones penitenciarias. Ahora, el debate se centra en si el tiempo transcurrido bajo el régimen flexible es suficiente para consolidar el paso al tercer grado.

Para comprender mejor

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Conocer la organización y las competencias de la Audiencia Nacional y de los Juzgados Centrales, incluida la Vigilancia Penitenciaria.es.wikipedia.org

Audiencia Nacional - Wikipedia, la enciclopedia libre

La entrada enciclopédica describe la Audiencia Nacional, su fiscalía y los departamentos de la Fiscalía, incluyendo Vigilancia Penitenciaria. Ayuda a situar los órganos judiciales y fiscales mencionados en la noticia y su ámbito de actuación.

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1 Organigrama de la Planta Judicial (Unidades Judiciales en funcionamiento)

Documento oficial de organización judicial que menciona el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, órgano competente para decidir sobre la progresión de grado. Aporta contexto institucional estable sobre quién resuelve este tipo de recursos.

Entender la estructura y funciones de la Fiscalía General del Estado y su relación con la Fiscalía de la Audiencia Nacional.mjusticia.gob.es

Fiscalía General del Estado

Página oficial del Ministerio de Justicia que describe la Fiscalía General del Estado e incluye referencia a la Fiscalía de la Audiencia Nacional. Permite comprender la jerarquía y el marco organizativo del Ministerio Público que actúa en la noticia.

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Fondos documentales

Página del Archivo Histórico de Euskadi sobre los fondos documentales del primer Gobierno Vasco. Aporta conocimiento archivístico e histórico sobre la institución autonómica competente en materia penitenciaria, sin reproducir el hecho noticioso.

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