La mayoría del TC no respalda la ponencia sobre la malversación
El Pleno del Tribunal Constitucional debatió este martes el recurso de amparo del exconsejero de Presidencia de la Generalitat Jordi Turull contra la decisión del Tribunal Supremo de dejar su condena por malversación fuera de la ley de amnistía. La mayoría del órgano, formada por siete de los doce magistrados, no respaldó la ponencia preparada por el magistrado José María Macías, según el comunicado difundido por la corte de garantías.
Macías había defendido que la interpretación del Supremo no podía calificarse de «sorpresiva o imprevisible» ni de «caprichosa», y que la revisión de la legalidad ordinaria no corresponde al Constitucional. La mayoría considera que esa lectura no atiende a la finalidad de la norma de amnistía y que afecta a derechos fundamentales del recurrente, en particular a la tutela judicial efectiva.
Al constatar que su propuesta no contaba con respaldo suficiente, Macías retiró su texto y se comprometió a elaborar un nuevo borrador ajustado al criterio mayoritario, que se debatirá en el Pleno previsto para el 6 de octubre. Ese mismo día está anunciada la ponencia del presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, sobre el recurso de la exconsejera Dolors Bassa.
No hubo votación formal sobre la ponencia inicial y no se ha dictado sentencia. Las resoluciones del Supremo y las órdenes de detención vigentes siguen desplegando efectos hasta que exista un fallo.
El conflicto interpretativo sobre el beneficio patrimonial
El núcleo del desacuerdo es la interpretación de la expresión «beneficio personal de carácter patrimonial» recogida en la ley de amnistía. El Tribunal Supremo mantiene que los dirigentes independentistas obtuvieron una ventaja económica indirecta al destinar fondos públicos de la Generalitat a financiar el referéndum del 1 de octubre de 2017, evitando así sufragar con su patrimonio personal el coste del proyecto. El artículo 1.4 de la norma contempla amnistiar fondos públicos destinados a las finalidades incluidas en la ley cuando no existió ese propósito de beneficio patrimonial.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea resolvió en julio de 2026 que la amnistía no vulnera los intereses financieros comunitarios, un argumento que el Supremo había utilizado para denegar su aplicación. El magistrado instructor del procés, Pablo Llarena, ha precisado que ese fallo no modifica su razonamiento sobre el supuesto beneficio personal y ha mantenido la orden de detención nacional contra Puigdemont y Comín.
La mayoría del TC considera que la lectura del Supremo no supera el examen constitucional, mientras que la ponencia no aprobada sostenía que la interpretación penal corresponde a los tribunales ordinarios y que el Constitucional no es una instancia casacional. Fuentes del tribunal han señalado que la doctrina que fije la sentencia se extenderá al resto de recursos pendientes.
Recursos pendientes y situación procesal
Además del recurso de Turull, el Constitucional tiene pendientes otros recursos de amparo que afectan a dirigentes independentistas. Entre los condenados por el Supremo en 2019 están Oriol Junqueras y Raül Romeva, que recurren conjuntamente, y Dolors Bassa, cuyo amparo se abordará en el Pleno del 6 de octubre. En situación de rebeldía continúan el expresidente Carles Puigdemont, el exconsejero Lluís Puig y el exconsejero Antoni Comín, sobre los que pesan órdenes nacionales de detención.
La decisión que finalmente adopte el TC sobre Turull y Bassa determinará la doctrina aplicable al resto de los recursos. El magistrado Llarena ha condicionado una eventual revisión de la situación de Puigdemont al contenido de la sentencia que fije el Constitucional, y fuentes del Supremo han indicado que se tendrá en cuenta a la hora de revisar el conjunto de las causas.
El portavoz de Junts, Josep Rius, ha pedido aplicar la amnistía «de una vez por todas» y ha rehuido especular sobre fechas de regreso. Hasta que exista sentencia firme, la orden de detención permanece vigente.