Una campaña con más producción y existencias
La resolución publicada el 6 de noviembre obliga a las almazaras españolas a inmovilizar temporalmente el 12 % del aceite de oliva producido en la campaña 2026/2027. El volumen estimado asciende a unas 188.000 toneladas. El producto no se destruye: queda almacenado, en instalaciones propias o ajenas, hasta el 30 de septiembre de 2027, salvo que cambien las condiciones de aplicación.
Las previsiones oficiales sitúan la producción de la campaña en 1.602.596 toneladas, un 23 % más que en la anterior. A ese volumen se añaden 357.040 toneladas de existencias iniciales, un 23,3 % más que al comienzo de la campaña previa. La suma alcanza el umbral que establece la norma: el 120 % de la producción media de las seis campañas anteriores.
La obligación se calcula sobre la producción mensual acumulada de cada almazara desde noviembre; no incluye el aceite producido en octubre. Cada instalación puede elegir la categoría que inmoviliza y dónde almacenar el producto. El Ministerio coordina el control y las comunidades autónomas lo ejecutan. La resolución podrá modificarse a partir del 31 de diciembre de 2026 en función de la evolución de la producción.
La defensa de Planas y el alcance de sus previsiones
Luis Planas defendió la decisión en intervenciones públicas en Montilla el 6 de noviembre y en Úbeda el día siguiente. La presentó como una medida temporal de ordenación del mercado y sostuvo que pretende evitar una caída de los precios en origen y sostener la rentabilidad de los agricultores, especialmente en el olivar tradicional, cuyos costes de producción son superiores a los de los sistemas intensivos y superintensivos.
El ministro también afirmó que el mecanismo no debería repercutir en subidas para los consumidores y advirtió a los operadores contra la especulación. Son objetivos y valoraciones del Gobierno; la aplicación acaba de comenzar y las fuentes disponibles no acreditan todavía sus efectos sobre los precios en origen o en los establecimientos.
Un mecanismo previsto en la normativa y cuestionado por parte del sector
El instrumento se apoya en la norma de comercialización del aceite de oliva y en el Reglamento 1308/2013 de la Organización Común de Mercados de la Unión Europea, que permite regular temporalmente la oferta en situaciones de sobreproducción. El Gobierno afirma que las organizaciones agrarias y las cooperativas habían pedido activar una medida de este tipo.
La decisión no cuenta con el respaldo unánime del sector. Las organizaciones agrarias citadas en las informaciones la han defendido como una herramienta para ordenar la oferta y mejorar la remuneración de los productores. En cambio, la industria envasadora y refinadora ha anunciado que recurrirá la medida y sostiene que puede perjudicar la competitividad. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia advirtió de posibles riesgos para la competencia y los consumidores si se restringe la oferta, entre ellos una eventual subida de precios y menores incentivos para mejorar la calidad y la variedad. Estas son objeciones y riesgos planteados, no consecuencias constatadas.