Un marco laboral hasta 2030
La dirección de Ford y UGT, sindicato mayoritario en la fábrica, firmaron el 30 de septiembre de 2026 el Acuerdo 2030. El marco regula las condiciones laborales entre 2027 y 2030, sustituye al acuerdo por la electrificación firmado en 2022 y servirá de base para negociar el XIX Convenio Colectivo y otras condiciones laborales durante su vigencia.
El pacto se cerró tras meses de negociación y en un momento de cambios para la factoría, ligado a la alianza industrial anunciada por Ford y Geely. STM Intersindical no firmó el acuerdo.
Subidas ligadas al IPC y gratificación de 1.000 euros
Para 2027, el incremento salarial será el IPC real más un 1,5%, con un mínimo garantizado del 3% y un máximo del 5%. En 2028, 2029 y 2030 se aplicará el IPC real más un 1%, con un suelo del 2,5% y un techo del 5% en cada ejercicio.
Las subidas serán consolidables y tendrán efectos retroactivos al 1 de enero de cada año. El aumento acumulado no podrá superar el 20%; una comisión de seguimiento analizará posibles desajustes anuales y las compensaciones correspondientes dentro de ese límite.
La gratificación especial, fijada en 690 euros, pasará a 1.000 euros anuales desde 2027. A partir de 2029 se incorporará a las tablas salariales y evolucionará en línea con los incrementos pactados.
Flexibilidad productiva y medidas sociales
El acuerdo permite programar hasta ocho sábados de producción al año por empleado cuando lo requiera el volumen de fabricación, con descanso compensatorio y las compensaciones previstas en el pacto. También contempla anticipar hasta 12 jornadas industriales de ejercicios futuros para convertirlas en vacaciones en periodos de menor actividad.
Desde 2027, las 16 horas anuales de permiso retribuido para acudir a consultas de médicos no especialistas de la Seguridad Social podrán emplearse también para acompañar a hijos menores de 15 años o a padres dependientes. Ese año se actualizará un 10% el plus de distancia respecto al valor de 2026.
El texto incluye dos nuevas figuras ligadas a los lanzamientos de producto: Técnico Especialista de Lanzamientos para Tabla I y Launch Coordinator para Tabla II. Sus condiciones de acceso, permanencia y retribución se negociarán por separado.