NOTA DE PRENSA Economía
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AEFI recomienda revisar las deudas comunitarias y las derramas antes de comprar una vivienda

El comprador responde con el inmueble de las cuotas impagadas del año de adquisición y los tres anteriores; en Cataluña, el periodo abarca el año en curso y los cuatro anteriores

La Asociación Española de Franquicias Inmobiliarias (AEFI) aconseja consultar las deudas vencidas y los pagos futuros aprobados por la comunidad antes de firmar la compra de una vivienda.

El precio de una vivienda no refleja necesariamente todos los compromisos económicos que pueden acompañar a su adquisición. La Asociación Española de Franquicias Inmobiliarias (AEFI) recomienda comprobar antes de firmar tanto las cuotas comunitarias impagadas por el anterior propietario como las derramas aprobadas cuyo pago esté previsto para más adelante. La entidad reúne a Alfa Inmobiliaria, Century 21, Comprarcasa, Keller Williams, Look & Find, Redpiso y RE/MAX, y señala que, en conjunto, estas redes cuentan con más de 700 oficinas y 6.600 profesionales en España.

Según AEFI, la Ley de Propiedad Horizontal establece que el comprador responde con el propio inmueble de determinadas deudas comunitarias del anterior titular: las cuotas correspondientes al año de la compra y a los tres años anteriores. En Cataluña, la normativa amplía el periodo al año en curso y los cuatro anteriores. La asociación aclara que esta afección de la vivienda no implica asumir personalmente y sin límite todas las deudas del vendedor.

AEFI advierte de que el impacto puede ascender a varios miles de euros incluso si las cuotas ordinarias son moderadas. «Una vivienda con una cuota mensual de 100 euros que acumulara todos los recibos impagados desde enero de 2023 hasta octubre de 2026 sumaría 4.600 euros. Con una cuota de 150 euros, el importe ascendería a 6.900 euros. Eso, sin pensar en que además existan derramas, o gastos de reclamación», afirma, a modo de ejemplo, Leonardo Cromstedt, presidente de la asociación.

Estar al corriente no elimina los pagos futuros

AEFI distingue entre las cantidades vencidas que el vendedor no ha abonado y los gastos aprobados cuyo cobro está previsto después de la transmisión. «Una vivienda puede estar al corriente de sus recibos y tener pendiente parte del pago de una actuación en la fachada, un ascensor o cualquier otra intervención comunitaria», advierte Cromstedt. Según la asociación, esas cantidades pueden no figurar en el certificado de deudas.

Ante esta posibilidad, AEFI recomienda consultar al administrador de la finca sobre las actuaciones previstas y revisar las actas recientes, los presupuestos aprobados y el calendario de pagos. La entidad señala que esta información permite cuantificar los desembolsos pendientes y dejar por escrito cómo se repartirán entre comprador y vendedor.

«Una operación bien hecha empieza mucho antes de la firma», promueven desde AEFI. «El comprador debe conocer tanto el precio de la vivienda como los compromisos económicos que la acompañan», subraya Cromstedt.

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